Teoría de la nulidad procesal
La nulidad es una figura excepcional que sólo debe servir de herramienta para garantizar el derecho de defensa y el debido proceso, siempre en beneficio de las partes, pues no debe servir de herramienta por las partes para obstaculizar el proceso, ni para el juez para dilatar su trámite, situaciones que lo desnaturaliza, pues como dice Arrarte(2018)“la nulidad procesal es una institución no querida dentro del proceso”. Es así que, cuando el proceso no sigue su curso normal, se incurre en vicios procesales que pueden afectar tanto la forma como el fondo del asunto litigioso
Entonces, para que un proceso sea catalogado como tal, debe llevarse con sujeción a las reglas de procedimiento y de contenido, que garantice el debido proceso entendida como “aquellas garantías procesales que deben ser respetadas durante el desarrollo del proceso, para no afectar su decurso y convertirlo en irregular”. Bajo este criterio, al ser la sentencia un “acto procesal único” para su validez debe ser emitido no sólo con arreglo a ley, sino haber garantizado el debido proceso.
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